sábado, 3 de octubre de 2015

TRABAJO PRÁCTICO

 MIGRANTES

“Las migraciones internacionales constituyen un fenómeno de creciente importancia a nivel mundial, en cuanto que estos movimientos de personas generan significativos efectos económicos, sociales, demográficos y culturales, tanto en el país de origen como en los países receptores. Las fuertes disparidades en los niveles de desarrollo económico que evidencia los países, las desiguales oportunidades de empleo que ellos presentan, la inestabilidad política, y la violencia social constituyen los factores más importantes de expulsión y atracción de las migraciones a escala mundial. Sin embargo, si bien en la actualidad existe una alta movilidad internacional de quienes poseen un elevado nivel de capital humano y financiero, situación favorecida por las escasas restricciones en materia migratoria  hacia estos grupos, no sucede lo mismo con los trabajadores pobres si menos educados quienes se enfrentan frecuentemente a situaciones de exclusión y marginación muchas veces reforzadas por la política migratoria de ciertos países.”
(Roxana Maurizio)

Puesto en contexto, Argentina constituye un caso de gran relevancia, debido no solo  a que las migraciones internacionales han constituido un elemento central en la construcción y desarrollo de su Nación, sino también porque el país paso de ser un receptor neto de flujos migratorios desde fines del siglo XIX, hasta mediado de 1950, a ser un expulsor neto en el último cuarto del siglo pasado, especialmente de mano de obra calificada. La reversión de estos flujos estuvo asociada al menor dinamismo económico que experimentó Argentina luego de la segunda Guerra Mundial, y que implicó para el país un retraso respecto de otras economías con mejor desempleo económico, conjuntamente con una fuerte inestabilidad política a lo largo de su historia.

Las migraciones internacionales han constituido un elemento central en la construcción y desarrollo de la Nación argentina, en el crecimiento de la población y en la configuración de su fuerza de trabajo. Los grandes flujos migratorios de origen europeo se verificaron entre 1870 y 1929.  La crisis de los años ’30 y la Segunda Guerra Mundial impactaron negativamente sobre el volumen de estas entradas. Luego de finalizado el conflicto bélico se produjo una segunda –y última– ola de migración europea pero de menor intensidad que la primera. Desde mediados del siglo pasado, conjuntamente con la reducción de los flujos de ultramar, se verificó un cambio en la composición de la población extranjera residente en el país la que pasó a ser mayoritariamente originaria de los países limítrofes. Si bien estos flujos tienen una larga tradición en el país –fundamentalmente en las zonas fronterizas–, desde la década de 1960 comienzan a tener mayor visibilidad dado que se dirigen hacia los centros urbanos, en particular hacia el Área Metropolitana de Buenos Aires. Paralelamente a este proceso que va convirtiendo a Argentina en el núcleo de un subsistema regional de migración del cono sur (INDEC, 1997), comienza a observarse un flujo creciente de salida de argentinos hacia el exterior, especialmente de mano de obra calificada, que se dirige mayoritariamente a Estados Unidos, España, Italia y Canadá.

Esta reversión de los flujos migratorios estuvo asociada al menor dinamismo económico que experimentó Argentina luego de la segunda guerra mundial y que implicó para el país un retraso respecto de otras economías con mejor desempleo económico. Estas diferentes etapas de desarrollo por las que atravesó el país estuvieron acompañadas de una fuerte inestabilidad política que derivó en alternancia de gobiernos militares con democráticos, procesos que también impactaron significativamente sobre la dirección e intensidad de los flujos migratorios.

En reflexión a esto, Argentina fue durante muchos años un país que aceptaba la migración, buscando principalmente mano de obra cualificada para la construcción de una nación en crecimiento. Históricamente podemos decir que siempre estuvo abierta a la migración, y que legalmente hizo todo porque no hubiera restricciones excesivas.

Podemos enumerar diferentes corrientes migratorias, que ha experimentado el territorio argentino:

  • Colonización hispánica (siglo XVI y XVIII), mayoritariamente masculina, se asimiló en gran parte con los nativos (proceso de mestizaje), aunque no todo el actual territorio fue efectivamente colonizado por los españoles. –La región chaqueña argentina, la Patagonia oriental, la actual provincia de la Pampa, el sur de Córdoba y la mayor parte de las actuales provincias de Buenos Aires, San Luis y Mendoza se mantuvieron bajo el dominio indígena.
  •  La introducción forzada de población negra (mano de obra esclava), traídos desde África para trabajar en las colonias.
  • Inmigración europea (principalmente italianos y españoles) fomentada por la Constitución Argentina de 1853, bajo la base del precepto de Alberdi “gobernar es poblar”.
  • Inmigración urbana, principalmente europea, y en menor medida de Oriente medio, producida durante finales del siglo XIX y la primera mitad del XX.
  • Inmigración de países vecinos, a lo largo de los siglos XIX y XX. Este tipo de inmigración que se remonta a las primeras civilizaciones agro alfareras aparecidas en territorio argentino, a diferencia de la inmigración europea, fue siempre considerada un problema por no estás incluida en la que debía ser fomentada en cumplimiento de la Constitución.
  • A partir de las décadas de 1980-1990 provienen especialmente de Bolivia, Paraguay y Perú, y de Asia y Europa oriental.
  • Durante el siglo XXI se produce el retorno de una parte de los migrantes argentinos y sus descendientes desde Europa y Estados Unidos, siendo seguidos por inmigrantes provenientes de Bolivia, Paraguay y Perú, ahora con corrientes migratorias de China, Colombia, Cuba, Venezuela, Senegal y Ecuador.
  • Actualmente, se está dando una fuerte migración desde los países limítrofes, o cercanos, que no puede ubicarse en el contexto laboral de su país de origen, y que ve en Argentina una fuente de trabajo. Estamos hablando de la población boliviana, paraguaya, venezolana, etc.

Argentina ha sido siempre un país sumamente abierto a la inmigración. Es en este sentido uno de los países con más libertades para quienes desean venir a habitarlo. Es un país de “puertas abiertas”. Pero más allá de esto, sabemos que la inmigración no es un fenómeno sencillo, sino más bien un desafío grande tanto para el inmigrante y para su adaptación social, como para el país receptor, en este caso Argentina. Así, por ejemplo, el idioma, cuando es distinto, suele significar un obstáculo a superar para lograr la inserción social, educativa o profesional, y tanto el inmigrante como la sociedad receptora deben hacer un esfuerzo conjunto.

Del mismo modo hay características culturales propias que resultan a veces extrañas en el país o la región a la que llegan los inmigrantes: prácticas religiosas nuevas, formas de vestir, platos típicos, intereses y demás. A veces incluso, las distintas comidas dejan olores en la ropa a los que no se está acostumbrado. Otras veces, las formas de concebir la amistad, la familia o las relaciones afectivas son muy distintas. Todas estas diferencias hacen que valores tales como la receptividad, el respeto por el otro, la apertura mental y la buena voluntad cobren especial importancia al momento de interactuar socialmente.

 Los movimientos migratorios fueron muy distintos en nuestro país de acuerdo a la época. Todos los inmigrantes, tanto los que venían hace mucho como los que llegaron más recientemente, parecen tener algo en común: migran con una esperanza de prosperar, tener una mejor calidad de vida y trabajar dignamente en su nuevo destino.

En un mundo cada vez más globalizado la capacidad de superar las barreras culturales se vuelve un capital imprescindible, sobretodo en regiones geográficamente distantes del resto del mundo como la nuestra.

En la actualidad se hacen muchos comentarios sobre los derechos que nos son inherentes como ciudadanos. Tenemos derecho a la vida, a la libertad, a la información, a la salud, y una gama de derechos en función de nuestra vida cotidiana y de acuerdo a los diversos papeles que desempeñamos en la sociedad. Es, relativamente fácil distinguir  los derechos que nos corresponden. Sin embargo resulta difícil,  encontrar a cada uno de los derechos su obligación equivalente. Tanto el derecho como la obligación son partes integrantes de un todo y que  en la práctica son inseparables para cumplir su misión, es decir armonía de la sociedad.

Los Derechos Humanos han sido clasificados de diversas maneras, de acuerdo con su naturaleza, origen, contenido y por la materia que refiere. La denominada Generaciones es de carácter histórico y considera cronológicamente su aparición o reconocimiento por parte del orden jurídico normativo de cada país.

En relación a la “Ley de Migraciones 25.871”, podemos encontrar un perfil que se encuentra más afín con la clasificación de derechos de 1º y 2º generación. 

Los derechos de primera generación también conocidos como derechos civiles y políticos están destinados a la protección del ser humano individualmente. Se caracteriza porque imponen al estado el deber de abstenerse de interferir en el ejercicio y pleno goce de estos derechos por parte del ser humano, tal es así que  el estado debe limitarse a garantizar el libre goce de estos derechos, organizando la fuerza pública y creando mecanismos judiciales que los protejan. 

En la ley podemos ver con claridad los principios generales que Estado Argentino proporciona a los migrantes fijación de las políticas y bases en materia migratoria, promover y difundir las obligaciones, derechos y garantías de los migrantes, conforme a lo establecido por la Constitución, además persigue como objetivos: promover la integración en la sociedad argentina, asegurar a tota persona el goce de criterios y procedimientos de admisión no discriminatorios en términos de derechos y garantías, contribuir al enriquecimiento y fortalecimiento del tejido cultural y social del país.  En relación a esto, el Artículo 16 de nuestra constitución expone que  no admite prerrogativas de sangre, ni de nacimiento. Todos sus habitantes son iguales ante la ley

En cuanto a los derechos de segunda generación o derechos económicos, sociales y culturales tienen como objetivo fundamental garantizar el bienestar económico, el acceso al trabajo, la educación y a la cultura, de tal forma que asegure el desarrollo de los seres humanos y de los pueblos. Estos derechos se basan en el hecho de que el pleno respeto a la dignidad del ser humano, a su libertad y a la vigencia de la democracia, solo es posible si existen las condiciones económicas, sociales y culturales que garanticen el desarrollo de esos hombres y esos pueblos. Estos derechos económicos, sociales y culturales, pueden exigirse al Estado en la medida de los recursos que efectivamente él tenga, pero esto no significa que el Estado puede utilizar como excusa para el cumplimiento de sus obligaciones, el no poseer recursos cuando en realidad dispone de ellos.  El Artículo 20 ratifica que los extranjeros gozan en nuestro territorio de todos los derechos civiles del ciudadano (Artículo 14). No están obligados a admitir la ciudadanía. Obtienen nacionalización residiendo dos años continuos en la Nación.

En dicha ley podemos observar ya en el Título I los distintos derechos y libertades de los extranjeros y que el Estado proporciona, el cual va exponiendo que Argentina lo garantiza sobre la base de los principios de igualdad y universalidad brindando para esto las condiciones que permitan una efectiva garantía. Los migrantes tendrán derecho a que el Estado orientara y les proporcionara la información en función a sus derechos, obligaciones, cuestiones administrativas entre otras. En forma retributiva, los migrantes deberán cumplir con las obligaciones enunciadas por la Constitución.

En la misma se expresaran 3 formas en la que serán admitidos para ingresar y permanecer en el país en las categorías de “residentes permanentes”, “residentes temporarios” o “residentes transitorios”, por otro lado se enumeran una serie de impedimentos en cuanto ingreso y permanencia al territorio: como lo son la falsificación de documentación, tener prohibido el ingreso, expulsión o prohibición de reingreso, haber sido condenado, tener antecedentes por actividades terroristas, etc. Y también en relación a la obtención de documentación (DNI) los extranjeros con residencia permanente o temporaria.

Vivimos durante un largo periodo histórico priorizando las migraciones europeas, en desmedro de aquellas influencias culturales de poblaciones que solían ser discriminatoriamente catalogadas. “Gobernar es poblar”, aquel lema alberdiano que tanto resonó y estableció las bases para la conformación de nuestra Nación, constituía una clara invitación a que la inmigración europea fuera la que se asentara en nuestras tierras, porque era en esa población en la que se veía la posibilidad de prosperidad y crecimiento para el país.

La normativa en materia migratoria de entonces fue concebida desde esta perspectiva, razón que motivó la vigencia de leyes absolutamente restrictivas y en ausencia total de protección y promoción de los derechos humanos de las personas migrantes que no pertenecieran a ese esquema de personas migrantes “deseables”, gestando una enorme deuda histórica para con este colectivo.

La vigencia de los derechos humanos como eje central de todas las acciones y estrategias estatales ha brindado el marco propicio para la derogación de las leyes y políticas públicas que regían la política migratoria para dar lugar a una Ley que considera el derecho a migrar como un derecho humano fundamental y a un conjunto de herramientas que procuran proteger todos los ámbitos de la vida de todas las personas en igualdad de condiciones.

La ley 25.817 implica un cambio de lógica, ya que se condice con la actual situación migratoria de la Argentina, así como también se constituye en una verdadera excepcion en un contexto internacional en el cual las legislaciones migratorias se orientan, de forma mayoritaria, al cierre de puertas a los extranejero. 

Su apropiación e internalización constituyen el primer gran paso hacia la igualdad, el puntapié inicial para comprometernos a seguir trabajando con y para la población migrante, por el reconocimiento de sus derechos y para la construcción de una sociedad más justa e igualitaria.

La ley y su reglamentación constituyen un avance significativo en materia de derechos humanos de los y las migrantes. Los avances de esta ley respecto a la anterior son significativos: se reconoce el derecho a migrar como esencial e inalienable de la persona; se garantiza el derecho a la educación y a la salud, sin importar la situación migratoria y se exige a los docentes y médicos no ya denunciar la irregularidad sino la obligación a ayudar a los inmigrantes a regularizar su situación. Pero además, la ley y su reglamentación garantizan el efectivo control judicial respecto de la razonabilidad y legalidad de cualquier medida dictada a su respecto por la autoridad de aplicación.

Las leyes migratorias están para protegerlos, pero las deficiencias legales y de control en cuanto al trabajo en negro, los hace un punto vulnerable, siendo contratados y explotados, por patrones sin escrúpulos. Si bien para ellos estos sueldos son mejores que los que tendrían en su propio país, lo cierto es que son explotados y marginados en el nuestro, violentando sus derechos (contemplados en la Ley). Como consecuencia de esta situación marginal, y por las diferencias marcadas en cuanto a lo racial, se da un fenómeno marcado de xenofobia, que margina aún más si se cabe, a la población extranjera de dichos países. 

En este sentido, y modo de ejemplo, veremos dos noticias en los que se ve claramente que estos derechos están vulnerados socialmente: 


Para complemento el siguiente video hace un recorrido por la historia de los migrantes en Argentina y las leyes que rigieron...



Y como cierre, nos pareció interesante agregar una nota del Papa Francisco en relación al tema de la inmigración: 

"No se desanimen por los retos y dificultades que tengan que afrontar. Les pido que no se olviden de que, al igual que los que llegaron aquí antes, ustedes traen muchos dones a su nueva nación.”

“También están llamados a ser ciudadanos responsables y a contribuir provechosamente a la vida de las comunidades en que viven.”




Sofía Huergo
Rosario Montorfano

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