TRABAJO PRÁCTICO 1. Santiago DURINI
Violencia de Género y
Femicidio
Para ONU Mujeres,
este tipo de violencia “se refiere a aquella dirigida contra una persona en
razón del género que él o ella tiene así como de las expectativas sobre el rol
que él o ella deba cumplir en una sociedad o cultura”[1].
Feminicidio o femicidio es un neologismo creado a través de la traducción del vocablo inglés femicide y se refiere al asesinato de mujeres
por razones de género.
Esto tiene que ver con un
sistema jurídico, la Violencia de Género y el FEMICIDIO, que es una nefasta
consecuencia del primero, en la mayoría de los casos, está enmarcada dentro de
la Ley, por lo menos visto desde nuestro país. En la República Argentina El
Congreso de la Nación sancionó el 11 de marzo de 2099 la Ley n° 26485 de
“Protección Integral para prevenir, sancionar y Erradicar la violencia contra
las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones Interpersonales”[2].
Fue promulgada el 1 de Abril de 2009.
En un ámbito donde existe
una ley de protección contra hecho de esta magnitud, que cada vez toma mayor
relevancia en la sociedad en su conjunto,
y atendiendo a diferentes consultas que se hicieron en la sociedad toda,
el Consejo Nacional de Mujeres buscó principalmente y entre otras muchas cosas
“la Prevención, Asistencia y Erradicación de las Violencias contra las
Mujeres.” La sociedad Argentina es una Sociedad de Derecho, que se rige por una
Constitución Nacional, pero también Constituciones Provinciales, como así
también Leyes que son emanadas del Congreso Nacional y de Legislaturas
Provinciales. Así también no se puede dejar de lado los Acuerdos y Tratados
Internacionales, que tienen Rango Constitucional y que complementan y permiten
tener un sistema que proteja y prevenga a la sociedad en su conjunto. El
nombrar a las provincias, también nos permite abordar que existe una cierta
autonomía, que permite que se ahonde o anticipe una problemática local a una
Nacional, es decir, que cada provincia, tiene sus instrumentos que le permite
legislar y gobernar sobre una problemática o hecho que afecte más a su
jurisdicción que a otra.
La relación que existe
entre el Derecho y la Cultura creo que es muy importante y que está acompañado.
Existen el Derecho escrito y Jurídico, pero también existe el Derecho regido
por usos y costumbres, no escrito, creo que el Derecho Jurídico se guía por las
situaciones sociales y Culturales que se dan en una sociedad y en un contexto
particular. Me parece que un claro ejemplo es la Ley 26485, ésta situación a
nivel Local, como en toda Latinoamérica fue en crecimiento durante estos
últimos años, y la sociedad en general fue haciendo que se difundan, que se den
a conocer, que se repudie esta acción que siempre existió, pero que el contexto
desfavorable para las mujeres no les permitía a que se animaran a denunciar
estos hechos. Desde el 2003 el Consejo Nacional de Mujeres empezó una lucha
contra la Violencia contra el Género Femenino y luego de planificar, plantear
problemáticas y escuchar casos particulares, presentó un proyecto de Ley que
fue sancionado y promulgado en el 2009 y que permite que exista una legislación
que regula y sanciones y ayude a aquellos hechos que se relacionen a la
Violencia contra la Mujer.
Estados Unidos tiene un
sistema que mediante una ley contra la violencia a la Mujer, reautorizada por
tercera vez por Obama, fue aprobada por el senado e impulsada por el actual
vicepresidente Biden, tiene como principal objetivo: “financiar programas de capacitación para
detectives, fiscales, proveedores de atención médica y defensores de víctimas.
También dota fondos para la capacitación de enfermeras que examinan a las
víctimas de agresiones sexuales, que brindan una atención de apoyo a la víctima
al mismo tiempo que obtienen evidencia forense con posterioridad a un acto de
agresión sexual.” Claramente el Sistema Jurídico Norteamericano, no impulsa, en
sus principales objetivos contemplar sanciones y castigos para quienes comentan
algún tipo de este hecho, positivamente, se pone énfasis en la prevención y
capacitación de profesionales para la atención de Victimas que sufran este tipo
de violencia, tanto físico como sexual. El sistema Jurídico Argentino planea un
Sistema Jurídico Romano con Bases de Leyes que prevean hechos cotidianos, en
cambio las Leyes de Sanción norteamericana, tiene un sistema que se plantea,
que cada juez y un jurado de personas civiles, juzgan cada caso a criterio
propio.
Jornadas de
Concientización contra la Violencia de Género y Femicidio.
1 MODULO- Trabajar de
manera grupal de 4 a
5 personas, siempre teniendo en cuenta que los grupos sean mixtos, para tener
comentarios variados y diferentes modos de ver, tratando de ver conceptos sobre
Violencia de Género. Trabajar y analizar la introducción, objetivos principales
de la Ley n° 25.485, “Ley de Violencia contra las Mujeres” y COMPARARLO con los
principales objetivos de “El informe Rape and Sexual Assault: A Renewed Call to Action“. (Las violaciones y la agresión sexual: Un
nuevo llamado a la acción) analiza los datos confiables más recientes sobre la
agresión sexual en Estados Unidos. Se verá un Power Point para tomar
magnitud y concientización.
POWER POINT--
2 MODULO- Luego, se verán
diferentes noticias, propuestas por profesor, para que vean como la sociedad se
encuentra tocada y que varía de edad, de clases social, de región de país y
como la justicia también intercede en cada hecho.
3-MODULO: Puesta en común y terminamos con
un video que nos permite ver como desde pequeña edad, y desde otros países
(Italia) se toma posición.
VIDEO--
[1] Entidad de las Naciones Unidas para la Igualdad de Género y
el Empoderamiento de las Mujeres (ed.). “Definición de
la violencia contra las mujeres y niñas”. Centro
Virtual de Conocimiento para Poner Fin a la Violencia contra las Mujeres y
Niñas. Consultado el 7 de
noviembre de 2014.
[2] Sitio
Oficial del Gobierno de LA PAMPA. Normativa “Ley n°26485- LEY NACIONAL DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER.” http://www.lapampa.gov.ar/images/stories/Archivos/ConsejoPMJER/Ley_26485_y_Decreto_Reglamentario.pdf
SE PRESENTÓ ADEMÁS UN POWER POINT Y UN VIDEO QUE NO SE PUDIERON SUBIR
No hay comentarios.:
Publicar un comentario
Nota: sólo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.