martes, 10 de junio de 2014

Los Sistemas Jurídicos. Diego Francia

Los Sistemas Jurídicos
                                                                                                                                                           
El sistema jurídico reúne las estructuras y las modalidades de funcionamiento de las instancias encargadas de la aplicación de reglas de Derecho, así como los servicios que emanan de ellas. El sistema jurídico comprende así el aparato jurisdiccional, pero también el aparato no jurisdiccional.
Los cuatro principales sistemas jurídicos en el mundo son:
El sistema del Derecho continental;
El sistema de Derecho anglosajón o Common Law;
El sistema de Derecho consuetudinario;
El sistema de Derecho religioso.

 Cuando hablamos de sistema jurídico tenemos que referirnos al poder judicial, es decir al tercer poder que compone un país según la distribución operada por Montesquieu (la teoría de la división de poderes: ejecutivo que se ocupa de gobernar, legislativo de crear las leyes, judicial de aplicar justicia)
Este sistema puede ser de civil law (se basa exclusivamente sobre la aplicación de la ley literalmente) o common law (anglosajón) donde existen leyes fundamentales, pero por sobre todas las cosas predomina el respeto de los precedentes, es decir el respeto de las decisiones de los jueces de alto grado, con lo cual queda demostrado que la administración básica de la justicia es distinta.

Comparación entre El Sistema Common Law y el Sistema Continental

La Common Law es el sistema jurídico heredero del que se aplicó en la Inglaterra medieval y que hoy en día se utiliza en la mayoría de territorios que recibieron la influencia colonial británica: Inglaterra, Gales, Irlanda, Australia, Nueva Zelanda, Canadá (a excepción del derecho civil de Quebec), EE.UU. (a excepción de Luisiana), Hong Kong, India, Malasia, Singapur y Sudáfrica serían los más importantes; en definitiva lo que se conoce como Commonwealth. Su principal característica a diferencia del sistema continental es que prepondera más la jurisprudencia que las leyes como fuentes del derecho.

Derecho continental (también denominado Sistema romano francés o Sistema romano germano francés) es el sistema jurídico derivado de aquél aplicado en Europa continental, cuyas raíces se encuentran en el Derecho romano, germano y canónico y en el pensamiento de la Ilustración,  utilizado en gran parte de los territorios europeos y en aquellos colonizados por éstos a lo largo de su historia. Se suele caracterizar porque su principal fuente es la ley, antes que la jurisprudencia, y porque sus normas están contenidas en cuerpos legales unitarios, ordenados y sistematizados (códigos). El otro gran sistema jurídico europeo, como ya hemos dicho es el Derecho anglosajón o Common Law.



2 comentarios:

  1. Diego muy interesante tu trabajo y muy Didáctico, pero vi que requiere de una corrección en cuanto a un error conceptual.
    Por sistema jurídico o normativo se entiende el conjunto de normas que rige en un estado en un momento determinado de su evolución histórica. Mientras que el órgano encargado de aplicar esas normas a los fines de lograr la administración de justicia es el poder judicial. Por ende el poder ejecutivo no forma parte del sistema jurídico , sino que su fin es la aplicación de las normas ante un caso dado en el cual el justiciable quiere o pretende que se satisfaga su pretensión jurídica . Rescato tu comparación entre ambas familias jurídicas .

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  2. Diego muy buena síntesis.
    Pablo, no encuentro lo que decís,

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